El ejército está SIEMPRE entrenado para MATAR; la Policía está entrenada PARA investigar y PERSEGUIR AL DELINCUENTE, mantener el ÓRDEN PÚBLICO y entregar a los DETENIDOS al JUEZ para que los procese y castigue.
A LA DELINCUENCIA, la LEY, in situ, prohíbe que se enfrente con técnicas de GUERRA por las razones siguientes:
PRIMERO.- En la GUERRA los contrarios desarrollan una violencia legítima, mutuamente son enemigos que se enfrentan con ánimo combativo legítimo de MATARSE unos a otros.
EN LA PERSECUCION DEL DELINCUENTE, NÓ; aquí, la violencia NÓ es legítima ni el Estado es enemigo del delincuente; lo persigue por mandato de la ley, no con ánimo combativo de MATARLO sino para investigarlo, detenerlo, entregarlo al Juez y castigarlo.
SEGUNDO.- En la GUERRA la sentencia está dada de antemano. Para ámbos bandos uno y otro son culpables y recíprocamente están condenados a MATARSE.
EN LA PERSECUCIÓN DE DELINCUENTES, NÓ.
TERCERO.- En la GUERRA, los combatientes son enemigos se investigan y persiguen mutuamente para MATARSE con solo tenerse enfrente. Es un derecho que ámbos bandos legítimamente poseen y se reconocen, porque parten del principio de que, a ámbos, les asiste la razón y el derecho en su acción.
EN LA PERSECUCIÓN DEL DELINCUENTE NÓ. Nádie es enemigo. No se enfrentan dos bandos, actúan dos partes; UNA LEGÍTIMA que es la Autoridad que investiga y persigue al delincuente, y OTRA ILEGÍTIMA que es el delincuente. Con facultades y deberes para una, y garantías y derechos para la otra; ámbas precisadas en la ley.
EN LA PERSECUCIÓN DEL DELINCUENTE, NINGUNA de las dos partes tiene derecho a matar. Cualquiera de ellos que lo haga, es un CRIMINAL que deberá ser castigado.
En la GUERRA en cambio, ámbos bandos tienen derecho a eliminarse; y son héroes, incluso condecorados.
CUARTO.- En la GUERRA nádie investiga para perseguir y acusar, sino solo para someter o MATAR.
EN LA PERSECUCIÓN DEL DELINCUENTE, SÍ; el Ministerio Público es la parte investigadora, persecutora y acusadora; le asisten la razón y el derecho.
La parte contraria, és el delincuente y como tal, su ilícito comportar es ilegítimo y lo castiga la Ley porque no le asiste la razón ni el derecho.
QUINTO.- En la GUERRA, es legítimo que en el campo operativo de batalla se MATEN recíprocamente sin prévio juicio.
EN LA PERSECUCIÓN DEL DELINCUENTE, NÓ; la parte investigada y perseguida nó es culpable al momento de ser descubierta o detenida, se le presume inocente hasta qué, MEDIANTE JUICIO, sea declarado culpable por el Juez, único que lo puede condenar, pero nó matar.
SEXTO.- En la GUERRA al que se detiene, ÉS PRISIONERO DE GUERRA sujeto a Estatus y Protocolos MILITARES Internacionales Especiales.…
EN LA PERSECUCIÓN DEL DELINCUENTE, NÓ; el detenido es UN PRESUNTO delincuente; el Ministerio Público debe investigar, detener y sujetar al delincuente a UN PROCEDIMIENTO PENAL con la aplicación de las leyes del fuero CIVIL, nó militar.
El delincuente nó tiene ningún derecho ni razón de atacar, investigar o perseguir a la Autoridad; ántes al contrario, tiene el deber de nó resistirse, someterse y respetar; pero también, el derecho de ser escuchado y defendido; no ser maltratado, y en su caso, de nó demostrarse y probarse su culpabilidad, que se ordene de nuevo su libertad personal, como lo establece el Procedimiento Penal Nacional.
Y frente a TODO lo anterior pregunto al presidente de México, Felipe Calderón.
¿¿ Ha ponderado la hipótesis LEGAL de que un detenido DENUNCIE y alegue en su DEFENSA ante organismos internacionales USO INHUMANO de procedimientos especiales de tácticas DE GUERRA EN SU DETENCIÓN CIVIL??
En suma;
La GUERRA es Violenta y Letal… és, tarea MILITAR.
LA PERSECUCION DEL DELINCUENTE es Pacífica y Social… y es, tarea CIVIL.
¿Qué impide al Presidente, hablar con la VERDAD y actuar con LEGALIDAD?
Ni la ineptitud y corrupción de los cuerpos civiles de seguridad, investigación del delito y persecución del delincuente justifican que a nuestro –hasta ántes de incrustarlo en la “guerra” contra el narcotráfico– RESPETADO Y CONFIABLE Ejército Nacional se le mantenga en la responsiva de una tarea que NÓ ES SU FACULTAD; que lo desgasta y lo expone al descrédito Institucional.
NI LA VIOLENCIA LEGÍTIMA MILITAR es instrumento legal y socialmente válido para justificar UN GENOCIDIO que suma yá cerca de 30 mil muertos en tan solo tres años y medio del gobierno federal ACTUAL en aras de un supuesto combate al narcotráfico y brindarle una supuesta “SEGURIDAD” a la sociedad, que realmente ha representado la PEOR INSEGURIDAD PÚBLICA CIVIL que JAMÁS había padecido la sociedad mexicana…Y QUE SE SIGUE AGRAVANDO.
Lo anterior nó impide que en algún operativo de alta peligrosidad delincuencial y de seguridad Nacional, se acuda AL APOYO MILITAR pero, para un operativo ESPECÍFICO Y EXCEPCIONAL, como YÁ se encuentra contemplado en las leyes procesales penales y la Constitución Mexicana.
Así lo establece el mandato legal, y es el que se debe RESPETAR y APLICAR;
Lo anterior es ser un País INSTITUCIONAL, al margen de discursos, demagogias, ineptitudes, cinísmos y engaños.
¿Ó…es otra la intención?
Lic. Pedro García Palazuelos.
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