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OPINION LIC. PEDRO GARCIA PALAZUELOS
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El imperdonable –por ilegal– DESASEO JURÍDICO- PENAL, que representa el hecho de qué CADA una de las DOS Procuradurías –PGR y PGJE– haya hecho SU PROPIA consignación respecto de LOS MISMOS hechos delictivos vinculados con los crímenes consumados en la “Estancia infantil ABC”, encierra en sí mismo UN DESPRECIO al respeto de las Leyes Penales, y un DESMENTIDO a las promesas de hacer justicia, tanto del Gobierno Federal como del Gobierno de Sonora.
En efecto; con su anterior proceder, ÁMBOS Gobiernos, Federal y Estatal VIOLAN el Estado de derecho que están OBLIGADOS a acatar y cumplir.
Para cualquier Procurador o Ministerio Público con “medianos” conocimientos de derecho Penal, les es claramente entendible que en los hechos ilícitos acontecidos por el incendio en la “Estancia Infantil ABC”, existió UN CONCURSO de delitos, toda vez que, con UNA MISMA conducta (el incendio con acumulación de NEGLIGENCIAS imputables a diversas personas) se cometieron diversos delitos (47 homicidios y decenas de lesiones físicas y psíquicas) estándose, en consecuencia, frente al CONCURSO IDEAL de delitos que, con meridiana claridad describe el Artículo 18 del Código Penal Federal, que textualmente nos refiere:
“…ARTÍCULO 18.-EXISTE CONCURSO IDEAL, CUANDO con una sola conducta se cometen varios delitos…”
(El resaltado en la transcripción con mayúsculas, es mío).
Ahora bién, por su lado, el párrafo segundo del Artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, textualmente ordena:
“…En caso de concurso de delitos, EL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL SERÁ COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS DELITOS DEL FUERO COMÚN que tengan conexidad con delitos federales, y los jueces federales tendrán, asimismo, competencia para juzgarlos…”.
(El resaltado en la transcripción con mayúsculas, es mío).
Luego entonces, si los homicidios y las lesiones cometidos en agravio de los inocentes niños sonorenses son, en términos de lo contemplado por el inciso h), de la fracción I del Artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, DELITOS FEDERALES porque se consumaron con motivo del funcionamiento de un servicio público Social federal CONCESIONADO a través de una subrrogación otorgada al particular “Estancia Infantil ABC” por el IMSS, ENTONCES, es completamente claro ENTENDER que cualquier delito del fuero COMÚN que también se haya cometido EN ÉSOS MISMOS HECHOS de la “Estancia Infantil ABC”, se encuentra CONEXO con los delitos federales de los homicidios y lesiones cometidos en ésa “Estancia” y corresponde EXCLUSIVAMENTE al Ministerio Público Federal y a los Jueces Federales investigarlos y castigarlos…
¿por qué entonces el Gobierno Federal hizo una investigación y NÓ exigió al Gobierno de Sonora que se sujetara a lo ordenado en la LEY?....Y,
¿Por qué entonces el Gobierno de Sonora hizo su propia investigación?.
ÁMBOS comportares, el del Gobierno Federal y el del Estado de Sonora, dejan yá un pésimo mensaje a la sociedad sonorense y a la mexicana en general…que cada ente político y de gobierno ANTEPONEN a sus deberes de PROCURAR JUSTICIA, la defensa de sus própios intereses y los de los suyos…
Nó encuentro para tan desaseado ilegal proceder, NINGUNA otra explicación.
Pero todavía existe una solución…Que LOS JUECES ante quienes se consignaron LOS MISMOS HECHOS, impongan respeto al Estado de derecho y DEMUESTREN a la sociedad que ellos SÍ cuentan con la INDEPENDENCIA REAL para hacer justicia.
¿Cómo?. Fácil.
Que el JUEZ del fuero común DECLINE la competencia del asunto al JUEZ FEDERAL, como DEBE ser.
Ó en su defecto, que EL JUEZ FEDERAL pida al Juez común se INHIBA de seguir conociendo el asunto; que se declare incompetente, y que le decline el CONOCIMIENTO de TODO el asunto, al JUEZ FEDERAL.
Si nó acontece NADA de lo anterior…esperemos hasta el 2010, ó hasta el 2013.
La IMPUNIDAD, ya no debe seguir teniendo carta de residencia en Nuestro Grán País, México.
En efecto; con su anterior proceder, ÁMBOS Gobiernos, Federal y Estatal VIOLAN el Estado de derecho que están OBLIGADOS a acatar y cumplir.
Para cualquier Procurador o Ministerio Público con “medianos” conocimientos de derecho Penal, les es claramente entendible que en los hechos ilícitos acontecidos por el incendio en la “Estancia Infantil ABC”, existió UN CONCURSO de delitos, toda vez que, con UNA MISMA conducta (el incendio con acumulación de NEGLIGENCIAS imputables a diversas personas) se cometieron diversos delitos (47 homicidios y decenas de lesiones físicas y psíquicas) estándose, en consecuencia, frente al CONCURSO IDEAL de delitos que, con meridiana claridad describe el Artículo 18 del Código Penal Federal, que textualmente nos refiere:
“…ARTÍCULO 18.-EXISTE CONCURSO IDEAL, CUANDO con una sola conducta se cometen varios delitos…”
(El resaltado en la transcripción con mayúsculas, es mío).
Ahora bién, por su lado, el párrafo segundo del Artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, textualmente ordena:
“…En caso de concurso de delitos, EL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL SERÁ COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS DELITOS DEL FUERO COMÚN que tengan conexidad con delitos federales, y los jueces federales tendrán, asimismo, competencia para juzgarlos…”.
(El resaltado en la transcripción con mayúsculas, es mío).
Luego entonces, si los homicidios y las lesiones cometidos en agravio de los inocentes niños sonorenses son, en términos de lo contemplado por el inciso h), de la fracción I del Artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, DELITOS FEDERALES porque se consumaron con motivo del funcionamiento de un servicio público Social federal CONCESIONADO a través de una subrrogación otorgada al particular “Estancia Infantil ABC” por el IMSS, ENTONCES, es completamente claro ENTENDER que cualquier delito del fuero COMÚN que también se haya cometido EN ÉSOS MISMOS HECHOS de la “Estancia Infantil ABC”, se encuentra CONEXO con los delitos federales de los homicidios y lesiones cometidos en ésa “Estancia” y corresponde EXCLUSIVAMENTE al Ministerio Público Federal y a los Jueces Federales investigarlos y castigarlos…
¿por qué entonces el Gobierno Federal hizo una investigación y NÓ exigió al Gobierno de Sonora que se sujetara a lo ordenado en la LEY?....Y,
¿Por qué entonces el Gobierno de Sonora hizo su propia investigación?.
ÁMBOS comportares, el del Gobierno Federal y el del Estado de Sonora, dejan yá un pésimo mensaje a la sociedad sonorense y a la mexicana en general…que cada ente político y de gobierno ANTEPONEN a sus deberes de PROCURAR JUSTICIA, la defensa de sus própios intereses y los de los suyos…
Nó encuentro para tan desaseado ilegal proceder, NINGUNA otra explicación.
Pero todavía existe una solución…Que LOS JUECES ante quienes se consignaron LOS MISMOS HECHOS, impongan respeto al Estado de derecho y DEMUESTREN a la sociedad que ellos SÍ cuentan con la INDEPENDENCIA REAL para hacer justicia.
¿Cómo?. Fácil.
Que el JUEZ del fuero común DECLINE la competencia del asunto al JUEZ FEDERAL, como DEBE ser.
Ó en su defecto, que EL JUEZ FEDERAL pida al Juez común se INHIBA de seguir conociendo el asunto; que se declare incompetente, y que le decline el CONOCIMIENTO de TODO el asunto, al JUEZ FEDERAL.
Si nó acontece NADA de lo anterior…esperemos hasta el 2010, ó hasta el 2013.
La IMPUNIDAD, ya no debe seguir teniendo carta de residencia en Nuestro Grán País, México.