
Apuntes fríos para la investigación Penal, Administrativa, Política y Civil... De las decenas de delitos de homicidios y lesiones graves que ponen en peligro la vida, y que dejan en las víctimas secuelas de por vida; cometidos aproximadamente a las 15 horas del día 05 de junio del año 2009 en la “GUARDERÍA ABC S.C.” de la Cd. de Hermosillo, Sonora, en agravio de decenas de inocentes niños mexicanos sonorenses.
Éste es SOLO el inicio de la historia que –en un análisis jurídico-penal– hasta ahora, revelan las pruebas documentales públicas y privadas del dominio público. Sirvan al menos de elemental orientación a los padres de las inocentes víctimas, en su carácter de partes ofendidas; a la Sociedad en general, y a quienes les incumba el deber de investigarlos y juzgarlos:
I.-El día 9 de mayo del año 2001 las jóvenes señoras MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA, esposa de Antonio Salido Suárez, hija del Empresario Automotriz, Roberto Gómez del Campo Laborín, prima política del Presidente de México, Lic. Felipe Calderón Hinojosa, sobrina política del Gobernador de Sonora, Ing. Eduardo Bours Castelo; y, MARIA FERNANDA CAMOU GUILLOT, (a quien el IMSS en su página electrónica identifica de forma errónea o manipulada como “Sra. Guillot Camou”); esposa de Marcelo Meouchi Tirado accionista de la firma Kenworth de Sonora e hija de José Santiago Camou Healy dueño del periódico “El Imparcial”;
Aportaron cada una de ellas, la cantidad de $25,000 pesos moneda nacional mexicana ($50,000 pesos en total), mediante un contrato privado ratificado ante el Notario Público No.32 Lic. Octavio Ibarra Salgado de Hermosillo, Sonora; y, FUNDARON la “GUARDERÍA ABC Sociedad Civil” quedando inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora; el día 24 de Mayo del año 2001, bajo el número 3,820 del Volumen 102; sección, Personas Morales.
II.-El Consejo de Administración de la “Guardería ABC” quedó integrado:
A).-Como PRESIDENTE y Representante Legal de la “Guardería ABC”, nombraron a MARCELO MEOUCHI TIRADO, esposo de la socia fundadora, María Fernanda Camou Guillot; yerno del Sr. José Santiago Camou Healy propietario del periódico “El Imparcial”; Director General de la firma Kenworth de Sonora; fué, quien arrendó el inmueble para la operación de la “Guardería ABC” y firmó con el IMSS el primer convenio de subrogación.
B).-Para el cargo de SECRETARIO y también Representante Legal de la “Guardería ABC” se nombró a ANTONIO SALIDO SUÁREZ esposo de la socia fundadora, Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella; Director administrativo de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano de Sonora, a la que RENUNCIÓ por el incendio; primo hermano de Epifanio “Pano” Salido; Representante del Estado en la comisión Sonora-Arizona; Compadre de Antonio Astiazarán.
C).-Para el puesto de COMISARIO o INTERVENTOR las DOS socias fundadoras designaron a ALFONSO CRISTÓBAL ESCALANTE HOEFER, esposo de Sandra Lucía Téllez Nieves; Ex subsecretario de Ganadería de Sonora; cuñado de Ricardo Mazón, compadre de Eduardo Bours Castelo; junto con Urquídez Serrano es miembro de la asociación conocida como “Yo Con Bours” e íntimos amigos de Juan Carlos Lam, presidente de dicha asociación y secretario técnico del Gobierno del Estado.
A los TRES les otorgaron el cargo por DOS años pero no pueden abandonarlo hasta que la Asamblea de Socios de la “Guardería ABC” designe a quien los sustituya; por lo qué, como hasta ahora, solo ha sido removido de su cargo de Presidente, Marcelo Meouchi Tirado, los otros DOS, o sean Antonio Salido Suárez y Alfonso Cristóbal Escalante Hoefer, siguen siendo HASTA AHORA, de la “Guardería ABC”, Secretario y Representante Legal el primero, y Comisario el segundo.
III.-El día 13 de enero del año 2005, Las DOS socias fundadoras de la “Guardería ABC”, Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella y María Fernanda Camou Guillot celebraron una Asamblea General Ordinaria, y toman los siguientes acuerdos que son MUY IMPORTANTES puesto que son, los que SUBSISTEN hasta este momento:
A).- Acordaron LA SEPARACIÓN DE la Sociedad de la socia María Fernanda Camou Guillot, quien enajenó la totalidad de sus acciones por partes iguales a:
1.-SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES con el 25% de acciones, educadora; esposa de Alfonso Escalante Hoefer ex subsecretario de Ganadería de Sonora; hermana de la esposa de Gildardo Fco. Urquídez Serrano; actual Presidenta y Representante Legal de la “Guardería ABC”; es quien firmó junto con el Director del IMSS Molinar Horcasitas el último contrato de subrrogación vigente al momento del incendio de la “Guardería ABC”; y,
2.-GILDARDO FRANCISCO URQUÍDES SERRANO con el otro 25 % de las acciones, esposo de la hermana de Sandra Lucía Téllez Nieves socia actual, presidenta y Representante Legal actual, de la “Guardería ABC”; Secretario de Finanzas del PRI Sonora; familiar de Manuel Matiella Urquídez quien con su esposa Norma Cecilia Mendoza Bermúdez de Matiella, son dueños y arrendadores del predio donde se ubicaba la “bodega” del gobierno de Sonora donde se inició el incendio, y la “Guardería ABC”, quien, a su vez, es integrante del consejo Directivo de la “Fundación Healy” a la cual pertenece el periódico local “El Imparcial”; primo de Alfonso Elías Serrano, quien a su vez, es primo de Guillermo Padrés Elías; actualmente integrante de la asociación “Yo con Bours”; ex coordinador de enlace empresarial de la campaña de Alfonso Elías Serrano.
B).- LA RENUNCIA DE Marcelo Meouchi Tirado como presidente del Consejo de Administración.
C).- Que ahora serán TRES socios los dueños de la “Guardería ABC S.C.”, y que son los únicos TRES socios actuales:
1.-La socia fundadora MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GÓMEZ DEL CAMPO TONELLA con el 50% de las acciones;
2.-SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES con el 25% de las acciones; y,
3.-GILDARDO FRANCISCO URQUÍDES SERRANO con el otro 25% de las acciones.
D).- A la nueva socia, Sandra Lucía Téllez nieves la nombran PRESIDENTA del Consejo de Administración en sustitución de Marcelo Meouchi Tirado; también se le designa delegada, junto con Antonio Salido Suárez, para Protocolizar el Acta; cargos los dos anteriores que hasta ahora posee.
E).- El Notario, en la fracción “VI” de su fé Notarial del acta de la asamblea en comento, certifica qué: “…Requerí a la compareciente (a Sandra Lucía) a efecto de que me exhibiera la cédula fiscal de su representada y de los accionistas que en la asamblea que se protocoliza comparecieron, sin habérmelo acreditado por lo que daré aviso al fisco en dichos términos…”.
F).- Antonio Salido Suárez, continúa hasta ahora, como SECRETARIO y, APODERADO de la “Guardería ABC”, al no ser renunciado ni nombrado nádie que lo sustituya.
G).- Alfonso Cristóbal Escalante Hoefer continúa hasta ahora, siendo COMISARIO o INTERVENTOR de la “Guardería ABC”, al no ser renunciado ni nombrado nádie que lo substituya. Ámbos, Antonio Salido Suárez y Alfonso Cristóbal Escalante Hoefer, al ostentar ésos cargos VIOLARON la prohibición contenida en el Artículo 161 de la Constitución de Sonora
“…ARTICULO 161.- Ningún funcionario o empleado en ejercicio podrá ser representante, apoderado, o abogado en negocios ajenos ante los tribunales ni ante las demás autoridades públicas.”.
IV.-El día 19 de mayo del 2005, Sandra Lucía Téllez Nieves con su carácter de Delegada, a pesar de que la asamblea de accionistas la celebraron en Hermosillo, para PROTOCOLIZAR el acta de asamblea anteriormente desmenuzada, viajó hasta nogales, Sonora; y compareció ante el mismo Notario Público del año 2001, Lic. Andrés Octavio Ibarra Salgado Notario Público, ahora, No.99 en Nogales, Sonora; lo anterior quedó asentado en la Escritura 4,307 del Volumen 12 del Protocolo del Notario.
V.- El día 16 de Agosto del 2006, Antonio Salido Suárez, quien en ésa fecha dijo ser Empresario, en su calidad de Apoderado de la “guardería ABC”, compareció ante el Lic. Horacio Sobarzo Morales Notario Público Suplente No.80 de Hermosillo, Sonora; y manifestó:
A).- Que sus facultades de APODERADO de la “Guardería ABC” nó le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna; y, otorga:
B).- Un PODER GENERAL AMPLÍSIMO a favor de Sandra Lucía Téllez Nieves. Lo anterior quedó asentado en la Escritura 8,941 del Volumen 243 del Protocolo del Notario No.80 de Hermosillo; inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora; a las 9:29 horas del día 28 de Agosto del 2006, bajo el número de inscripción 7227 del Volumen 354; sección, Personas Morales, Libro 1.
VI.-El día 15 de Noviembre del 2006 el Comité Institucional de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Gobierno Federal mediante acuerdo 112/2006 “autorizó dictaminar procedente la adjudicación dirécta del Contrato de Subrrogación del IMSS a la “Guardería ABC S.C.”;
Se expresó por el IMSS, que se cuenta para este contrato, con presupuesto autorizado y disponible en la partida 42062105 de “Guarderías Vecinal Comunitario”.
VII.-El día 29 de Diciembre del 2006, JUAN FRANCISCO MOLINAR HORCASITAS Representante del IMSS; SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES, como Apoderada de la “Guardería ABC S.C.”; el Director del Jurídico del IMSS: Lic. FERNANDO GUTIÉRREZ DOMÍNGUEZ, como revisor; la Titular de la Coordinación de Guarderías. Lic. DORA GARCÍA KOBEH, Por el Área Solicitante; y, como responsable de la contratación y administrador del contrato, el Delegado Estatal del IMSS en Sonora, Lic. ARTURO LEYVA LIZÁRRAGA; todos ellos, celebraron y firmaron el actual CONTRATO de SUBRROGACIÓN del IMSS con la “Guardería ABC S.C.”; contrato del cual, se desprende lo siguiente:
A).-Que La vigencia del contrato será del 2 de enero del 2007 al 31 de diciembre del 2009.
B).-Que “La guardería” debía contar con un seguro en materia de responsabilidad civil, para cubrir cualquier eventualidad de la que pudieran desprenderse responsabilidades de cualquier índole y que llegaran a suscitarse con motivo de la prestación del servicio de guardería”; que la “Guardería ABC” DEBIÓ haber entregado al IMSS copia de las pólizas correspondientes y mantenerlas vigentes hasta la terminación del contrato.
C).-Que EN NINGUNA de las 41 cláusulas que integran el contrato de subrrogación, NINGUNO, ni el IMSS ni la “Guardería ABC” se OBLIGARON EXPRESAMENTE a Garantizar con las medidas de seguridad y existencia del equipo de SEGURIDAD, necesarios para garantizar el cuidado de la integridad de los niños.
Lo más cercano a ése DEBER, es lo pactado en las cláusulas DECIMA TERCERA Y DECIMA CUARTA del contrato, donde se expresa:
1.-Que la guardería “será responsable de obtener actualizadas las licencias, permisos y autorizaciones gubernamentales necesarios para el óptimo funcionamiento de la guardería”; y
2.-Que el IMSS: “queda facultado para efectuar en cualquier momento la supervisión al inmueble de la guardería” y “solicitar por escrito a la guardería, se ejecuten las obras, reparaciones o mejoras necesarias para su utilidad y funcionamiento” dándosele a la guardería el plazo de 30 días naturales para el cumplimiento de la reparación o mejoras”.
D).- Que El IMSS Sí pudo haber dado por TERMINADO en forma anticipada el contrato de subrogación "por razones de interés general…”. Y también, podía haberlo RESCINDIDO por incumplimiento de la guardería a las obligaciones pactadas en el contrato”.
E).-Que Sandra Lucía Téllez Nieves, en relación a los TRES socios ACTUALES que integran la sociedad civil “Guardería ABC”: 1.-MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA (Fundadora); 2.-SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES, y 3.-GILDARDO FRANCISCO URQUIDES SERRANO, manifiesta bajo protesta de decir verdad que ninguno de los TRES socios anteriores, desempeñan algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.
----Lo antes jurado por Sandra Lucía Téllez Nieves ES FALSO, puesto que en ésa fecha 29 de diciembre del año 2006, al menos, GILDARDO FRANCISCO URQUÍDES SERRANO desempeñaba un cargo en el Gobierno del Estado de Sonora.
F).- Sigue diciendo el Contrato; que la “Guardería ABC S.C.” fué CONSTITUIDA “…mediante escritura pública número 8941 de fecha 16 de Agosto de 2006 otorgada ante la fe del Notario Público no.80 Lic. Horacio Sobarzo Morales de la Ciudad de Hermosillo, Sonora,…inscrita bajo el folio mercantil número 7227 de fecha 20 de agosto de 2006…”.
----ES FALSO también, por qué, la “Guardería ABC” fue constituida CINCO años antes, El día 09 de Mayo del 2001 mediante un Contrato Privado, Ratificado ante el Lic. Andrés Octavio Ibarra Salgado Notario Público Suplente No.32 de Hermosillo, Sonora; el día 09 de Mayo del 2001, que quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Hermosillo, Sonora, el día 24 de Mayo del 2001, bajo el número 3,820 del Volumen 102; sección, Personas Morales.
----La escritura pública no.8941, a la que falsa, errónea o negligentemente toma como válida el contrato de subrrogación para acreditar la CONSTITUCIÓN de la “Guardería ABC” no es tal, sino que és… un PODER NOTARIAL que Antonio Salido Suarez le otorgó el 16 de agosto del 2006, más de cinco años después de constituida la “Guardería ABC”, a Sandra Lucía Téllez Nieves.
G).- Continúa el negligente, errado o manipulado –no sabemos, es otra de las tantas cosas que se deben investigar– contrato de subrrogación diciendo qué, Sandra Lucía Téllez Nieves, acredita su calidad de Representante Legal de la “Guardería ABC” mediante escritura pública número 4307 de fecha 19 de mayo de 2005.
----FALSO TAMBIÉN; porque EL PODER notarial a favor de Sandra Lucía Téllez Nieves para que representara legalmente a la “Guardería ABC” se le otorgó el 16 de agosto del 2006, mediante la escritura pública 8941.
VIII.- Los datos difundidos por el IMSS en su página electrónica de internet se encuentran negligentemente confundidos o conscientemente manipulados por fines desconocidos, pues, en relación a la “Guardería ABC” a pesar de que en los momentos de publicar los datos, se encuentra inmersa en el “centro del huracán”, afirman erróneamente:
A).-Que son 6 los socios originales, cuando realmente son solo 2; Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella y María Fernanda Camou Guillot
B).-Que solo había un representante legal original, cuando realmente había 2; Marcelo Meouchi Tirado y Antonio Salido Suárez.
C).-Que se mencione a un representante legal actual, cuando realmente hay 2; Antonio Salido Suárez y Sandra Lucía Téllez Nieves.
D).-Que como socio original se mencione a una inexistente “Sra. Guillot Camou”, cuando la que existe y fue la socia original, es la Sra. María Fernanda Camou Guillot.
IX.- En la misma página electrónica del IMSS por internet, se expresa que LUZ MARIA SOTO ESPINOZA es la Directora de la “Guardería ABC”, pero:
A).-Nó se dá a conocer su obligado curriculum;
B).-Nó se expresa si es la directora original o la actual registrada ante ellos;
C).-En recientes declaraciones dadas por las trabajadoras actuales de la “Guardería ABC” a “Dossier Político” éstas, al referirse a la directora de la “Guardería”, al parecer, la nombran “DIANA”.
Lic. Pedro García Palazuelos.
Éste es SOLO el inicio de la historia que –en un análisis jurídico-penal– hasta ahora, revelan las pruebas documentales públicas y privadas del dominio público. Sirvan al menos de elemental orientación a los padres de las inocentes víctimas, en su carácter de partes ofendidas; a la Sociedad en general, y a quienes les incumba el deber de investigarlos y juzgarlos:
I.-El día 9 de mayo del año 2001 las jóvenes señoras MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA, esposa de Antonio Salido Suárez, hija del Empresario Automotriz, Roberto Gómez del Campo Laborín, prima política del Presidente de México, Lic. Felipe Calderón Hinojosa, sobrina política del Gobernador de Sonora, Ing. Eduardo Bours Castelo; y, MARIA FERNANDA CAMOU GUILLOT, (a quien el IMSS en su página electrónica identifica de forma errónea o manipulada como “Sra. Guillot Camou”); esposa de Marcelo Meouchi Tirado accionista de la firma Kenworth de Sonora e hija de José Santiago Camou Healy dueño del periódico “El Imparcial”;
Aportaron cada una de ellas, la cantidad de $25,000 pesos moneda nacional mexicana ($50,000 pesos en total), mediante un contrato privado ratificado ante el Notario Público No.32 Lic. Octavio Ibarra Salgado de Hermosillo, Sonora; y, FUNDARON la “GUARDERÍA ABC Sociedad Civil” quedando inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora; el día 24 de Mayo del año 2001, bajo el número 3,820 del Volumen 102; sección, Personas Morales.
II.-El Consejo de Administración de la “Guardería ABC” quedó integrado:
A).-Como PRESIDENTE y Representante Legal de la “Guardería ABC”, nombraron a MARCELO MEOUCHI TIRADO, esposo de la socia fundadora, María Fernanda Camou Guillot; yerno del Sr. José Santiago Camou Healy propietario del periódico “El Imparcial”; Director General de la firma Kenworth de Sonora; fué, quien arrendó el inmueble para la operación de la “Guardería ABC” y firmó con el IMSS el primer convenio de subrogación.
B).-Para el cargo de SECRETARIO y también Representante Legal de la “Guardería ABC” se nombró a ANTONIO SALIDO SUÁREZ esposo de la socia fundadora, Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella; Director administrativo de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano de Sonora, a la que RENUNCIÓ por el incendio; primo hermano de Epifanio “Pano” Salido; Representante del Estado en la comisión Sonora-Arizona; Compadre de Antonio Astiazarán.
C).-Para el puesto de COMISARIO o INTERVENTOR las DOS socias fundadoras designaron a ALFONSO CRISTÓBAL ESCALANTE HOEFER, esposo de Sandra Lucía Téllez Nieves; Ex subsecretario de Ganadería de Sonora; cuñado de Ricardo Mazón, compadre de Eduardo Bours Castelo; junto con Urquídez Serrano es miembro de la asociación conocida como “Yo Con Bours” e íntimos amigos de Juan Carlos Lam, presidente de dicha asociación y secretario técnico del Gobierno del Estado.
A los TRES les otorgaron el cargo por DOS años pero no pueden abandonarlo hasta que la Asamblea de Socios de la “Guardería ABC” designe a quien los sustituya; por lo qué, como hasta ahora, solo ha sido removido de su cargo de Presidente, Marcelo Meouchi Tirado, los otros DOS, o sean Antonio Salido Suárez y Alfonso Cristóbal Escalante Hoefer, siguen siendo HASTA AHORA, de la “Guardería ABC”, Secretario y Representante Legal el primero, y Comisario el segundo.
III.-El día 13 de enero del año 2005, Las DOS socias fundadoras de la “Guardería ABC”, Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella y María Fernanda Camou Guillot celebraron una Asamblea General Ordinaria, y toman los siguientes acuerdos que son MUY IMPORTANTES puesto que son, los que SUBSISTEN hasta este momento:
A).- Acordaron LA SEPARACIÓN DE la Sociedad de la socia María Fernanda Camou Guillot, quien enajenó la totalidad de sus acciones por partes iguales a:
1.-SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES con el 25% de acciones, educadora; esposa de Alfonso Escalante Hoefer ex subsecretario de Ganadería de Sonora; hermana de la esposa de Gildardo Fco. Urquídez Serrano; actual Presidenta y Representante Legal de la “Guardería ABC”; es quien firmó junto con el Director del IMSS Molinar Horcasitas el último contrato de subrrogación vigente al momento del incendio de la “Guardería ABC”; y,
2.-GILDARDO FRANCISCO URQUÍDES SERRANO con el otro 25 % de las acciones, esposo de la hermana de Sandra Lucía Téllez Nieves socia actual, presidenta y Representante Legal actual, de la “Guardería ABC”; Secretario de Finanzas del PRI Sonora; familiar de Manuel Matiella Urquídez quien con su esposa Norma Cecilia Mendoza Bermúdez de Matiella, son dueños y arrendadores del predio donde se ubicaba la “bodega” del gobierno de Sonora donde se inició el incendio, y la “Guardería ABC”, quien, a su vez, es integrante del consejo Directivo de la “Fundación Healy” a la cual pertenece el periódico local “El Imparcial”; primo de Alfonso Elías Serrano, quien a su vez, es primo de Guillermo Padrés Elías; actualmente integrante de la asociación “Yo con Bours”; ex coordinador de enlace empresarial de la campaña de Alfonso Elías Serrano.
B).- LA RENUNCIA DE Marcelo Meouchi Tirado como presidente del Consejo de Administración.
C).- Que ahora serán TRES socios los dueños de la “Guardería ABC S.C.”, y que son los únicos TRES socios actuales:
1.-La socia fundadora MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GÓMEZ DEL CAMPO TONELLA con el 50% de las acciones;
2.-SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES con el 25% de las acciones; y,
3.-GILDARDO FRANCISCO URQUÍDES SERRANO con el otro 25% de las acciones.
D).- A la nueva socia, Sandra Lucía Téllez nieves la nombran PRESIDENTA del Consejo de Administración en sustitución de Marcelo Meouchi Tirado; también se le designa delegada, junto con Antonio Salido Suárez, para Protocolizar el Acta; cargos los dos anteriores que hasta ahora posee.
E).- El Notario, en la fracción “VI” de su fé Notarial del acta de la asamblea en comento, certifica qué: “…Requerí a la compareciente (a Sandra Lucía) a efecto de que me exhibiera la cédula fiscal de su representada y de los accionistas que en la asamblea que se protocoliza comparecieron, sin habérmelo acreditado por lo que daré aviso al fisco en dichos términos…”.
F).- Antonio Salido Suárez, continúa hasta ahora, como SECRETARIO y, APODERADO de la “Guardería ABC”, al no ser renunciado ni nombrado nádie que lo sustituya.
G).- Alfonso Cristóbal Escalante Hoefer continúa hasta ahora, siendo COMISARIO o INTERVENTOR de la “Guardería ABC”, al no ser renunciado ni nombrado nádie que lo substituya. Ámbos, Antonio Salido Suárez y Alfonso Cristóbal Escalante Hoefer, al ostentar ésos cargos VIOLARON la prohibición contenida en el Artículo 161 de la Constitución de Sonora
“…ARTICULO 161.- Ningún funcionario o empleado en ejercicio podrá ser representante, apoderado, o abogado en negocios ajenos ante los tribunales ni ante las demás autoridades públicas.”.
IV.-El día 19 de mayo del 2005, Sandra Lucía Téllez Nieves con su carácter de Delegada, a pesar de que la asamblea de accionistas la celebraron en Hermosillo, para PROTOCOLIZAR el acta de asamblea anteriormente desmenuzada, viajó hasta nogales, Sonora; y compareció ante el mismo Notario Público del año 2001, Lic. Andrés Octavio Ibarra Salgado Notario Público, ahora, No.99 en Nogales, Sonora; lo anterior quedó asentado en la Escritura 4,307 del Volumen 12 del Protocolo del Notario.
V.- El día 16 de Agosto del 2006, Antonio Salido Suárez, quien en ésa fecha dijo ser Empresario, en su calidad de Apoderado de la “guardería ABC”, compareció ante el Lic. Horacio Sobarzo Morales Notario Público Suplente No.80 de Hermosillo, Sonora; y manifestó:
A).- Que sus facultades de APODERADO de la “Guardería ABC” nó le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna; y, otorga:
B).- Un PODER GENERAL AMPLÍSIMO a favor de Sandra Lucía Téllez Nieves. Lo anterior quedó asentado en la Escritura 8,941 del Volumen 243 del Protocolo del Notario No.80 de Hermosillo; inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora; a las 9:29 horas del día 28 de Agosto del 2006, bajo el número de inscripción 7227 del Volumen 354; sección, Personas Morales, Libro 1.
VI.-El día 15 de Noviembre del 2006 el Comité Institucional de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Gobierno Federal mediante acuerdo 112/2006 “autorizó dictaminar procedente la adjudicación dirécta del Contrato de Subrrogación del IMSS a la “Guardería ABC S.C.”;
Se expresó por el IMSS, que se cuenta para este contrato, con presupuesto autorizado y disponible en la partida 42062105 de “Guarderías Vecinal Comunitario”.
VII.-El día 29 de Diciembre del 2006, JUAN FRANCISCO MOLINAR HORCASITAS Representante del IMSS; SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES, como Apoderada de la “Guardería ABC S.C.”; el Director del Jurídico del IMSS: Lic. FERNANDO GUTIÉRREZ DOMÍNGUEZ, como revisor; la Titular de la Coordinación de Guarderías. Lic. DORA GARCÍA KOBEH, Por el Área Solicitante; y, como responsable de la contratación y administrador del contrato, el Delegado Estatal del IMSS en Sonora, Lic. ARTURO LEYVA LIZÁRRAGA; todos ellos, celebraron y firmaron el actual CONTRATO de SUBRROGACIÓN del IMSS con la “Guardería ABC S.C.”; contrato del cual, se desprende lo siguiente:
A).-Que La vigencia del contrato será del 2 de enero del 2007 al 31 de diciembre del 2009.
B).-Que “La guardería” debía contar con un seguro en materia de responsabilidad civil, para cubrir cualquier eventualidad de la que pudieran desprenderse responsabilidades de cualquier índole y que llegaran a suscitarse con motivo de la prestación del servicio de guardería”; que la “Guardería ABC” DEBIÓ haber entregado al IMSS copia de las pólizas correspondientes y mantenerlas vigentes hasta la terminación del contrato.
C).-Que EN NINGUNA de las 41 cláusulas que integran el contrato de subrrogación, NINGUNO, ni el IMSS ni la “Guardería ABC” se OBLIGARON EXPRESAMENTE a Garantizar con las medidas de seguridad y existencia del equipo de SEGURIDAD, necesarios para garantizar el cuidado de la integridad de los niños.
Lo más cercano a ése DEBER, es lo pactado en las cláusulas DECIMA TERCERA Y DECIMA CUARTA del contrato, donde se expresa:
1.-Que la guardería “será responsable de obtener actualizadas las licencias, permisos y autorizaciones gubernamentales necesarios para el óptimo funcionamiento de la guardería”; y
2.-Que el IMSS: “queda facultado para efectuar en cualquier momento la supervisión al inmueble de la guardería” y “solicitar por escrito a la guardería, se ejecuten las obras, reparaciones o mejoras necesarias para su utilidad y funcionamiento” dándosele a la guardería el plazo de 30 días naturales para el cumplimiento de la reparación o mejoras”.
D).- Que El IMSS Sí pudo haber dado por TERMINADO en forma anticipada el contrato de subrogación "por razones de interés general…”. Y también, podía haberlo RESCINDIDO por incumplimiento de la guardería a las obligaciones pactadas en el contrato”.
E).-Que Sandra Lucía Téllez Nieves, en relación a los TRES socios ACTUALES que integran la sociedad civil “Guardería ABC”: 1.-MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA (Fundadora); 2.-SANDRA LUCÍA TÉLLEZ NIEVES, y 3.-GILDARDO FRANCISCO URQUIDES SERRANO, manifiesta bajo protesta de decir verdad que ninguno de los TRES socios anteriores, desempeñan algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.
----Lo antes jurado por Sandra Lucía Téllez Nieves ES FALSO, puesto que en ésa fecha 29 de diciembre del año 2006, al menos, GILDARDO FRANCISCO URQUÍDES SERRANO desempeñaba un cargo en el Gobierno del Estado de Sonora.
F).- Sigue diciendo el Contrato; que la “Guardería ABC S.C.” fué CONSTITUIDA “…mediante escritura pública número 8941 de fecha 16 de Agosto de 2006 otorgada ante la fe del Notario Público no.80 Lic. Horacio Sobarzo Morales de la Ciudad de Hermosillo, Sonora,…inscrita bajo el folio mercantil número 7227 de fecha 20 de agosto de 2006…”.
----ES FALSO también, por qué, la “Guardería ABC” fue constituida CINCO años antes, El día 09 de Mayo del 2001 mediante un Contrato Privado, Ratificado ante el Lic. Andrés Octavio Ibarra Salgado Notario Público Suplente No.32 de Hermosillo, Sonora; el día 09 de Mayo del 2001, que quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Hermosillo, Sonora, el día 24 de Mayo del 2001, bajo el número 3,820 del Volumen 102; sección, Personas Morales.
----La escritura pública no.8941, a la que falsa, errónea o negligentemente toma como válida el contrato de subrrogación para acreditar la CONSTITUCIÓN de la “Guardería ABC” no es tal, sino que és… un PODER NOTARIAL que Antonio Salido Suarez le otorgó el 16 de agosto del 2006, más de cinco años después de constituida la “Guardería ABC”, a Sandra Lucía Téllez Nieves.
G).- Continúa el negligente, errado o manipulado –no sabemos, es otra de las tantas cosas que se deben investigar– contrato de subrrogación diciendo qué, Sandra Lucía Téllez Nieves, acredita su calidad de Representante Legal de la “Guardería ABC” mediante escritura pública número 4307 de fecha 19 de mayo de 2005.
----FALSO TAMBIÉN; porque EL PODER notarial a favor de Sandra Lucía Téllez Nieves para que representara legalmente a la “Guardería ABC” se le otorgó el 16 de agosto del 2006, mediante la escritura pública 8941.
VIII.- Los datos difundidos por el IMSS en su página electrónica de internet se encuentran negligentemente confundidos o conscientemente manipulados por fines desconocidos, pues, en relación a la “Guardería ABC” a pesar de que en los momentos de publicar los datos, se encuentra inmersa en el “centro del huracán”, afirman erróneamente:
A).-Que son 6 los socios originales, cuando realmente son solo 2; Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella y María Fernanda Camou Guillot
B).-Que solo había un representante legal original, cuando realmente había 2; Marcelo Meouchi Tirado y Antonio Salido Suárez.
C).-Que se mencione a un representante legal actual, cuando realmente hay 2; Antonio Salido Suárez y Sandra Lucía Téllez Nieves.
D).-Que como socio original se mencione a una inexistente “Sra. Guillot Camou”, cuando la que existe y fue la socia original, es la Sra. María Fernanda Camou Guillot.
IX.- En la misma página electrónica del IMSS por internet, se expresa que LUZ MARIA SOTO ESPINOZA es la Directora de la “Guardería ABC”, pero:
A).-Nó se dá a conocer su obligado curriculum;
B).-Nó se expresa si es la directora original o la actual registrada ante ellos;
C).-En recientes declaraciones dadas por las trabajadoras actuales de la “Guardería ABC” a “Dossier Político” éstas, al referirse a la directora de la “Guardería”, al parecer, la nombran “DIANA”.
Lic. Pedro García Palazuelos.