Soy de quienes aseguro que las iniciativas de las Leyes DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y del combate al NARCOMENUDEO Y DROGADICCIÓN requieren de una profunda revisión por el Congreso.
Luego me ocuparé de la Ley del narcomenudeo;
La ley de Extinción de dominio ROMPE con la garantías constitucionales como la de presunción de inocencia del ciudadano.
También viola la Constitución al revertir la carga de la prueba al detenido y a los terceros que mantengan relaciones familiares, civiles, comerciales o mercantiles con el detenido; contempla además en perjuicio de ése detenido y los terceros, una verdadera CONFISCACIÓN de todos los bienes del PRESUNTO delincuente, de sus dependientes e incluso de los de terceros ajenos que use, SIN la necesidad de que previamente el Juez los declare CULPABLES del delito.
¡¡ Aberrante!!
En efecto; a todos ellos, ése engendro extranjero de Ley, los obliga a DEMOSTRAR la legalidad de sus pertenencias; deber probatorio de ILEGALIDAD en su caso, que por mandato Constitucional és al Ministerio Publico a quien compete demostrar.
Pero hay algo más en la que hasta ahora nó se ha reparado.
La referida Ley extranjera DE EXTINCIÓN DE DOMINIO es realmente una copia promovida por Estados Unidos derivada de la que en aquel país y luego en Colombia por imposiciones de él, desde épocas atrás se aplica. PERO AQUÍ en México se implementó sin un complemento distintivo y característico de la Justicia Estadounidense…
Que, en la LEY DE EXTINCIÓN que se aprobó en México, nó se contiene el principio de PACTAR CON EL DELINCUENTE qué En Estados Unidos SÍ contempla la misma Ley que se aplica en aquel país.
En efecto, el gobierno de ESTADOS UNIDOS en la aplicación de ésa misma Ley, entre otras muchas peculiaridades que aquí en México se le cercenaron, negocia con los narcotraficantes el regreso de los bienes a cambio de que el detenido les dé INFORMACIÓN sobre otros delincuentes, transformándose ése delincuente negociante, en verdadero narcotraficante encubierto; convirtiéndose de tal suerte para efectos prácticos en lo que en México conocemos como “dedo”, “infiltrado” o “madrina”.
Como se vé pués, la “cultura” jurídica extranjera contenida en ésa Ley, que ninguna NECESIDAD REAL existe en México de tenerla para la persecución del narcotráfico en nuestro país, vino a trastocar y prostituir TODO el sistema judicial penal mexicano establecido.
¿Estamos consientes de todo eso los ciudadanos, gobernantes y políticos mexicanos?
Estoy cierto…QUE NÓ.
Lic. Pedro García Palazuelos.
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