miércoles, 6 de octubre de 2010

Amparo de FLORENCE CASSEZ y la “detención” de “LA BARBIE” el mismo día… ¿Casualidad?

El día 30 de Septiembre del año 2010, cuando el Secretario Federal de Seguridad Pública GENARO GARCÍA LUNA se encontraba desarrollando UN ESPECTACULAR operativo policiaco iniciado con la persecución, que terminó en muerte de una persona frente al concurrido centro comercial “PERISUR” de la ciudad de México, y que culminaría más tarde con la “detención” en el estado de México, del sanguinario SICARIO NARCOTRASNACIONAL estadounidense “LA BARBIE”, simultáneamente los abogados de la declarada secuestradora francesa FLORENCE CASSEZ, se encontraban ENTREGANDO el AMPARO a favor de la secuestradora sentenciada, quien alega su inocencia precisamente fundada en OTRO protagónico operativo policiaco público mediático que el mismo GARCÍA LUNA escenificó cuando la detuvo.

En efecto:

I).-La esencia de los argumentos que EN SU DESCARGO alega la secuestradora sentenciada FLORENCE CASSEZ, se fundan en que, su “DETENCIÓN”, fue un montaje mediático exhibicionista y falso de GARCÍA LUNA, puesto que ella, dice, yá estaba detenida desde un día ántes.

Tales actos reclamados por la CASSEZ fueron en efecto, posteriormente y de forma pública aceptados por el propio  García Luna, y son reveladores SÍ de los desaseos operativos desgraciadamente TÍPICOS en las Policías de México que adolecen de una innecesaria prepotencia, mitomanía y exhibicionismo que DEBEN ser castigados por la ley; pero, desde el ámbito de valoración procesal penal NÓ poseen valor EXCULPATORIO alguno a favor de la Sentenciada, por las razones que más delante se precisarán, aún cuando SÍ son válidos y atendibles para fincar responsabilidades penales en contra del Secretario de Seguridad Pública Federal GENARO GARCÍA LUNA y demás jefes o elementos policiacos que incurrieron en ellos.

Por otra parte;

II).-Lo que aparece declarado ministerialmente por el Cabecilla de la banda (compañero sentimental de la sentenciada), es una típica declaración de COARTADA comúnmente vertida por detenidos que falsean los hechos para exculpar a uno o varios COMPLICES por razones: De conveniencia delincuencial; sentimentales; familiares; de amenaza; corrupción, o pragmáticas del costo de defensa.

Incluso, en los mismos hechos vertidos por la quejosa se contiene un elemento que confirma la calidad de COARTADA de lo declarado por el novio.

Su novio, el Cabecilla de los secuestradores, en la esencia de su declaración en cuanto a FLORENCE CASSEZ afirma que la SENTENCIADA: “…se pasa todo el día trabajando en un hotel de nombre Fiesta Americana de Polanco,… motivo por el cual ella no… participó en ninguno de los secuestros…”.

Primero; es imposible que una persona se pase “todo el día trabajando”; ¿a qué horas duerme?, ¿a qué horas días descansa obligatoriamente?, ¿a qué horas acude a su casa o domicilio?, ¿a qué horas hace sus necesidades y se alimenta?; ¿A qué horas y días hace su vida familiar y social?

Pero aún más, la FALSEDAD de la afirmación del cabecilla la expone la Misma SENTENCIADA quien alega en su favor qué: “…fue detenida cerca del pueblo de Topilejo…”.

Poblado por cierto, UBICADO precisamente en el lugar o paraje donde tenían en cautiverio a los secuestrados.

Entonces es evidente que NÓ es verdad que ella trabajaba “todo el día” como lo afirmó para exculparla su novio el cabecilla de los secuestradores, pues ella misma está refiriendo que al momento de ser detenida se encontraba muy distante del lugar de trabajo y además SÍ, en las inmediaciones del lugar del secuestro.

Por lo demás;

III).-El hecho que también alega en su favor la sentenciada en cuanto que se le imputa pertenecer a la banda de secuestradores desde al menos el año 2002, cuando ella, dice, ingresó a México por primera vez en marzo de 2003.

Lo anterior tampoco es relevante para EXCULPARLA puesto qué; para PERTENECER a la banda de secuestradores necesariamente debía estar en México; se puede incluso JAMÁS haber venido a México, y no obstante ello, ser integrante de la banda delictiva en calidad de copartícipe si entre el ausente del territorio nacional y los autores materiales y diréctos del crimen existe un CONCIERTO PREVIO PLENO, consciente, querido y aceptado con la decisión de cometer los ilícitos consumados en México y, en consecuencia, aún cuando ése COMPLICE nó esté en el territorio nacional mexicano se és PLENAMENTE RESPONSABLE en coparticipación del delito cometido en nuestro país por los integrantes de ésa banda delictiva.

Pero por lo pronto el caso se encuentra en estudio por parte de la Suprema Corte de Justicia y, con MUCHO aroma de intervención POLÍTICA operativa porque como al inicio lo apuntamos:

a).-Curiosamente el mismo día que se entregó el Amparo de la CASSEZ a la Corte, fue el mismo día en el que el propio GENARO GARCÍA LUNA realizó ése otro de sus montajes policiacos mediáticos con la “detención” del multiasesino narco TRASNACIONAL estadounidense conocido como “LA BARBIE”, lo que trajo como consecuencia que SE LOGRARA el anhelo expresado por los abogados de la CASSEZ, en cuanto que… “A la entrega del Amparo NÓ se le diera ninguna publicidad”; y, en efecto el nuevo acto de GARCÍA LUNA logró quitar TODOS los reflectores publicitarios de encima de dicho Amparo…¡¡ hasta éstos momentos!!

b).-Nó obstante lo anterior y de que como lo dejamos en líneas anteriores asentado, EL ARGUMENTO CENTRAL exculpatorio de la defensa de la CASSEZ, del gobierno francés y de la propia CASSEZ ha sido y és precisamente ése comportar policial adulterado mediático exhibicionista que GARCÍA LUNA también desarrolló en la detención de ella, a pesar de todo ello decíamos, NINGUNO de ellos, hasta éste momento, ha TOMADO como argumento confirmatorio de su ALEGATO éste nuevo MONTAJE mediático relacionado con “LA BARBIE” y consumados por el propio GARCÍA LUNA.

El ausentismo de alegación anterior por parte de la CASSEZ y de los suyos, desde el ámbito de su estrategia defensiva resulta ilógico e incomprensible para los fines ABSOLUTORIOS que persiguen con su Amparo.

Máxime cuando, como en el caso de la CASSEZ, en el operativo de “LA BARBIE”, el mismo GARCÍA LIUNA quedó DE NUEVO inmediatamente desmentido en cuanto a la “versión Oficial” que dió de dicha nueva detención.

En efecto, como yá públicamente a todos consta, resultó que “LA BARBIE” al igual que la CASSEZ, nó fue REALMENTE detenido ni en el lugar, ni a las horas, ni por los agentes que GARCÍA LUNA expuso, pues el parte informativo federal policial donde se RELATA la forma en que ése multiasesino fue detenido desmintió totalmente de nuevo a GARCÍA LUNA ratificando su exhibicionismo y mitomanía. 

¿Casualidad o acuerdo?

El tiempo y el momento en que se dé a conocer los términos de la resolución de ése Amparo, lo dirán.  

Lic. Pedro García Palazuelos.

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